El Supremo impide los desahucios con menos de 12 meses de impago…

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El Tribunal Supremo ha decretado que los desahucios en los que el impago se ha producido por menos de doce meses no deben seguir adelante, fijando así el criterio para las ejecuciones hipotecarias pendientes después de que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) declarase abusivas las cláusulas de vencimiento anticipado. El pasado mes de julio el TJUE avaló que los jueces nacionales remediasen la nulidad de esta cláusula sustituyéndola por una nueva disposición legal cuando el contrato no pueda subsistir si se suprime la cláusula abusiva y si la anulación del contrato expone al consumidor a consecuencias especialmente perjudiciales.

 

…Y el TJUE contradice al Supremo sobre las hipotecas

El El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) Maciej Szpunar ha opinado este martes que el Índice de Referencia Préstamos Hipotecarios (IRPH) debe estar sometido a tutela judicial para saber si es abusivo o no, ya que el mero hecho de ser un índice oficial no hace que sea necesariamente transparente. De este modo, el letrado contradice la doctrina del Tribunal Supremo, que en 2017 dio la razón a Kutxabank declarando que las hipotecas sujetas a un tipo oficial como el IRPH no implicaba falta de transparencia o abusividad. Aunque se trate de unas conclusiones no vinculantes a una futura sentencia del TJUE, en muchos casos el fallo de los jueces suele seguir la hoja de ruta marcada por los abogados generales, por lo que podría suponer un revés a las entidades bancarias que beneficiaría directamente a sus clientes.