Abierto el plazo de solicitud para la instalación de terrazas de hostelería en Colmenar Viejo

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Todos los interesados en instalar terrazas de hostelería y restauración para el año 2020, deberán cursar, del 1 al 31 de octubre, la Solicitud de Autorización para la Instalación con Carácter Temporal de Terrazas Anexas a Establecimientos Permanentes con su correspondiente documentación adjunta en función de si es una nueva terraza o una renovación, además de estar en posesión de la preceptiva Licencia de Funcionamiento.

Esta solicitud deberá tramitarse cada año, independientemente de que el periodo de funcionamiento sea estacional (entre el 15 de marzo y el 31 de octubre) o anual.

El trámite se podrá hacer telemáticamente (a través del registro electrónico) o presencial (en las Oficinas de Registro municipales, así como en registros de otras Administraciones Públicas).

Para solicitudes de autorización nuevas, se presentará en el plazo establecido el modelo formalizado de solicitud dirigido al Alcalde, adjuntando los planos de la terraza y descripción de los elementos, junto al Seguro de Responsabilidad Civil de la terraza, así como la autorización de los establecimientos colindantes en caso de rebasar los límites de ocupación.

Respecto a las concedidas anteriormente, deberán renovar la solicitud de autorización entre el 1 y 31 de octubre, siendo un trámite que deberá realizarse anualmente. El procedimiento es más ágil que para las nuevas terrazas, ya que el titular de la instalación solo deberá aportar la instancia genérica dirigida al Alcalde, el justificante de pago de las tasas del periodo anterior y la póliza de seguros de Responsabilidad Civil en vigencia.

“Damos un paso para regularizar todas las terrazas y adaptar mejor los espacios de las mismas, logrando que la convivencia entre el vecino y el emprendedor mejore, y aumente la seguridad jurídica”, añade el Primer Teniente de Alcalde, Carlos Blázquez Rodríguez.

La documentación, requisitos y procedimiento para cursar las respectivas solicitudes podrán ser consultadas en la página web colmenarviejo.com en base a lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Ordenanza Reguladora de Terrazas y Veladores de 26 de junio de 2012.