Plazo abierto para presentar observaciones y propuestas sobre la regulación de emisiones en Boadilla del Monte

Plazo abierto para presentar observaciones y propuestas sobre la regulación de emisiones en Boadilla del Monte

En la sesión más reciente, el pleno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte aprobó en primer lugar la Ordenanza Reguladora que aborda la generación y administración de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) del municipio.

Conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora de los Principios del Régimen Local, el expediente está disponible para el conocimiento público hasta el próximo 24 de marzo, con el objetivo de que los residentes puedan presentar observaciones o propuestas.

Puedes revisar el expediente en las oficinas de la Secretaría Municipal y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, mediante este enlace.

En caso de querer presentar alegaciones, se realizará en la oficina de registro del ayuntamiento o a través de la sede electrónica, utilizando una solicitud general, la cual está disponibles pinchando en este enlace.

La zona de bajas emisiones de Boadilla del Monte se limita al área histórica y se implementará en dos etapas: una inicial, hasta el 1 de enero de 2030, y otra de progreso, a partir de ese momento.

En la etapa inicial, se encuentran impedidos de ingresar a la ZBE los automóviles que carezcan de etiqueta medioambiental o dispongan del distintivo A de la Dirección General de Tráfico, con las siguientes excepciones:

– Vehículos de los vecinos de Boadilla, vivan o no en el ámbito de la ZBE.

– Vehículos de quienes, aun no siendo vecinos, tengan una plaza de aparcamiento dentro de la zona o estén dados de alta en el impuesto de circulación.

– Vehículos de empresas o autónomos que ejerzan su actividad empresarial o laboral en la zona.

– Vehículos de proveedores que deban entregar su mercancía en establecimientos o domicilios de la zona.

– Vehículos que accedan a talleres mecánicos, establecimientos hoteleros o al aparcamiento público.

– Vehículos históricos, taxis y VTC.

– Vehículos de transporte de caudales y comunicaciones postales.

– Servicios públicos esenciales

– Vehículos adaptados para personas con movilidad reducida.

En la siguiente etapa, la restricción se extenderá a los vehículos con distintivo B, conservando las mismas excepciones, aunque será necesario solicitar permiso previo y registrarlos en el Registro municipal de vehículos autorizados.

Después de la aprobación definitiva de la Ley, se otorgará un plazo de seis meses antes de que se pongan en marcha las penalizaciones. El año pasado se implementaron las cámaras y el programa necesario para llevar a cabo los controles de vehículos correspondientes.

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En la sesión más reciente, el pleno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte aprobó en primer lugar la Ordenanza Reguladora que aborda la generación y administración de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) del municipio.

Conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora de los Principios del Régimen Local, el expediente está disponible para el conocimiento público hasta el próximo 24 de marzo, con el objetivo de que los residentes puedan presentar observaciones o propuestas.

Puedes revisar el expediente en las oficinas de la Secretaría Municipal y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, mediante este enlace.

En caso de querer presentar alegaciones, se realizará en la oficina de registro del ayuntamiento o a través de la sede electrónica, utilizando una solicitud general, la cual está disponibles pinchando en este enlace.

La zona de bajas emisiones de Boadilla del Monte se limita al área histórica y se implementará en dos etapas: una inicial, hasta el 1 de enero de 2030, y otra de progreso, a partir de ese momento.

En la etapa inicial, se encuentran impedidos de ingresar a la ZBE los automóviles que carezcan de etiqueta medioambiental o dispongan del distintivo A de la Dirección General de Tráfico, con las siguientes excepciones:

– Vehículos de los vecinos de Boadilla, vivan o no en el ámbito de la ZBE.

– Vehículos de quienes, aun no siendo vecinos, tengan una plaza de aparcamiento dentro de la zona o estén dados de alta en el impuesto de circulación.

– Vehículos de empresas o autónomos que ejerzan su actividad empresarial o laboral en la zona.

– Vehículos de proveedores que deban entregar su mercancía en establecimientos o domicilios de la zona.

– Vehículos que accedan a talleres mecánicos, establecimientos hoteleros o al aparcamiento público.

– Vehículos históricos, taxis y VTC.

– Vehículos de transporte de caudales y comunicaciones postales.

– Servicios públicos esenciales

– Vehículos adaptados para personas con movilidad reducida.

En la siguiente etapa, la restricción se extenderá a los vehículos con distintivo B, conservando las mismas excepciones, aunque será necesario solicitar permiso previo y registrarlos en el Registro municipal de vehículos autorizados.

Después de la aprobación definitiva de la Ley, se otorgará un plazo de seis meses antes de que se pongan en marcha las penalizaciones. El año pasado se implementaron las cámaras y el programa necesario para llevar a cabo los controles de vehículos correspondientes.

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