El conductor de un autobús que iba a trasladar a 60 jóvenes da positivo por alcoholemia

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La Guardia Civil de Ávila detuvo al conductor de un autobús con una tasa de alcohol en aire espirado tres veces superior a la permitida. Durante la mañana del día 18 de agosto, agentes del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Arévalo, se encontraban realizando un Servicio preventivo de alcohol y drogas con motivo de las fiestas de la localidad de Papatrigo; por lo que se procedió a la realización de la prueba de detección de alcohol al conductor de un vehículo autobús en servicio discrecional, arrojando un resultado positivo con unas tasas de 0,46 y 0,43 mg/litro de aire espirado.

Este autobús, que en ese momento circulaba vacío, se dirigía a la mencionada localidad a primeras horas de la mañana a recoger a 60 pasajeros, en su mayoría jóvenes, que habían contratado sus servicios para regresar a la capital después de haber pasado la noche de fiesta, para evitar el uso de vehículos particulares, y el consiguiente riesgo en las vías públicas.

Por tal motivo se procedió a formular, a este conductor, una denuncia por vía administrativa por Circular con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro, que es la reglamentariamente establecida (para este tipo de conductores)”; así como la inmovilización del vehículo, evitando de este modo el transporte de los 60 pasajeros.

La Guardia Civil ha recordado la peligrosidad que supone la conducción bajo los efectos del alcohol y drogas en todo tipo de vehículos, indicando que según la vigente Ley de Seguridad Vial, los conductores de estos vehículos no han de superar los 0.15 mg/litro de alcohol en aire espirado.

La ingesta de bebidas alcohólicas, así como la de drogas y sustancias tóxicas influye en el conductor de un vehículo con la disminución de la capacidad sensorial, de reflejos y de atención en la conducción, desvirtuando la percepción de la realidad, determinando una conducción inapropiada y creando un concreto peligro para la vida propia y del resto de los usuarios de la vía, aumentando exponencialmente la posibilidad de sufrir un siniestro vial.

Estas conductas al volante podrían conllevar administrativamente hasta 1.000 € de sanción y penalmente podrían ser castigadas con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.