El plazo para solicitar una nueva promoción de viviendas del Plan VIVE II de la Comunidad de Madrid, que se ubican en Colmenar Viejo, se iniciará el jueves 24 de febrero.
- Consisten en 81 apartamentos de 1 a 3 dormitorios disponibles para alquiler asequible, los cuales incluyen garaje, trastero, piscina, gimnasio, jardín y zona de juegos infantiles. Se encuentran situados en el barrio de Las Adelfillas, en la avenida Cristobal Colón de Colmenar Viejo.
- Los alquileres varían entre 562 euros mensuales para las propiedades de un dormitorio y 921 euros al mes para aquellas de tres dormitorios. Por otro lado, las unidades de dos habitaciones tienen un costo de 782 euros al mes.
- Las solicitudes podrán hacerse a través del sitio web sogevisoalquila.com, y las viviendas se entregarán en función del orden de inscripción (se espera que las llaves sean entregadas en el segundo trimestre de este año).
- Si estás empadronado o tu trabajo se encuentra en Colmenar Viejo durante un mínimo de tres años, tendrás preferencia.
“Esta nueva promoción del Plan VIVE II en Colmenar Viejo se suma al esfuerzo continuado de la Comunidad de Madrid por impulsar el acceso a la vivienda, reafirmando una vez más el compromiso del Gobierno regional con las familias colmenareñas”, destacó el concejal de Urbanismo, Jorge Domínguez Jiménez.
Y agregó: “Para acceder a estos nuevos hogares se priorizará a los vecinos empadronados y a quienes desarrollan aquí su actividad laboral, facilitándoles el acceso a su primera vivienda y apoyando que puedan iniciar o consolidar su proyecto de vida en nuestro municipio”.
Requisitos de acceso
- Residencia habitual (la vivienda a la que se opta tendrá que ser su vivienda habitual; no podrán subarrendarla).
- No tener otra vivienda (para optar a estas viviendas no se podrá tener otra en propiedad en todo el territorio nacional).
- Ser mayor de edad (o menor emancipado).
- Tener nacionalidad española o ser residente legal en España.
- Límite de ingresos: deberá cumplir con los límites de ingresos brutos establecidos según el tipo de vivienda (indicados en la tabla de límites IPREM).
- Límite de gasto: no se podrá destinar más del 35% de los ingresos anuales de la unidad de convivencia al pago de la renta total anual.
7. Tendrán prioridad aquellos empadronados y/o con su centro de trabajo en el municipio al que se opta a una vivienda con una antigüedad mínima de 3 años