Fin restricciones en la CAM

Fin restricciones en la CAM

A partir del próximo lunes 4 de octubre a las 00:00 horas quedarán suprimidas las limitaciones de aforo que actualmente están en vigor en la Comunidad de Madrid y que fueron implantadas como medidas para la lucha contra el COVID- 19.

Esta normativa ha sido adoptada por el Gobierno Regional como consecuencia de la evolución positiva que tenemos en estos momentos en nuestra región frente al coronavirus.

La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, recomienda la aplicación de las medidas de prevención generales de higiene a pesar de la supresión de las limitaciones de aforo.

Con esta nueva normativa quedan sin efecto las limitaciones de aforo tanto en interiores como en exteriores en todas las actividades económicas y sociales.

También quedan suspendidos los aforos en los lugares de culto, celebraciones religiosas, funerarios, comercios, bibliotecas, museos, cines, teatros, espacios culturales, espectáculos recreativos y culturales, festejos taurinos e instalaciones deportivas.

En cuanto al ocio nocturno, también decaen las restricciones de aforo.

Se aprueba el consumo de pie en mesas altas y la instalación de mesas en las pistas de baile, guardando siempre la distancia de seguridad. El baile únicamente está permitido al aire libre.

En la hostelería queda suprimido el número máximo de comensales por mesa en interiores y exteriores y se permite el consumo en barra si se realiza sentado. De este modo se restablece de manera parcial el servicio en barra.

Siempre y cuando no se pueda mantener la distancia interpersonal, se recomienda el uso de la mascarilla al aire libre.

En cuanto a los espacios cerrados, el uso de la mascarilla continúa siendo obligatorio para los mayores de 6 años.

Se recomienda el lavado frecuente de manos y la ventilación cruzada en espacios cerrados.

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La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, recomienda la aplicación de las medidas de prevención generales de higiene a pesar de la supresión de las limitaciones de aforo.

Con esta nueva normativa quedan sin efecto las limitaciones de aforo tanto en interiores como en exteriores en todas las actividades económicas y sociales.

También quedan suspendidos los aforos en los lugares de culto, celebraciones religiosas, funerarios, comercios, bibliotecas, museos, cines, teatros, espacios culturales, espectáculos recreativos y culturales, festejos taurinos e instalaciones deportivas.

En cuanto al ocio nocturno, también decaen las restricciones de aforo.

Se aprueba el consumo de pie en mesas altas y la instalación de mesas en las pistas de baile, guardando siempre la distancia de seguridad. El baile únicamente está permitido al aire libre.

En la hostelería queda suprimido el número máximo de comensales por mesa en interiores y exteriores y se permite el consumo en barra si se realiza sentado. De este modo se restablece de manera parcial el servicio en barra.

Siempre y cuando no se pueda mantener la distancia interpersonal, se recomienda el uso de la mascarilla al aire libre.

En cuanto a los espacios cerrados, el uso de la mascarilla continúa siendo obligatorio para los mayores de 6 años.

Se recomienda el lavado frecuente de manos y la ventilación cruzada en espacios cerrados.

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