El calendario fiscal para este año ya se ha aprobado por el Ayuntamiento de Las Rozas, en el cual se detallan los plazos para el pago voluntario de los tributos principales.
De este modo, el plazo para el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) iniciará el 1 de abril y finalizará el 2 de junio (incluidos ambos).
El pago de la tarifa por la prestación del servicio de gestión de residuos de ámbito local podrá realizarse entre el 30 de mayo y el 31 de julio.
En cuanto al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que se presenta en sus tres modalidades – Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica e Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales– el plazo para efectuar el pago voluntario comenzará el 1 de septiembre y concluirá el 1 de diciembre, ambos días incluidos.
Respecto al Impuesto sobre Actividades Económicas, se ha establecido un plazo de pago voluntario que comprende desde el 1 de octubre hasta el 1 de diciembre, incluyéndolos ambos.
Las mismas fechas se han designado para abonar la tasa por la utilización privativa y/o el aprovechamiento especial de Huertos Urbanos Municipales, así como por la provisión de servicios de distribución del alcantarillado y saneamiento.
Sistema Especial de Pagos Personalizado (SEPP)
El Consistorio de Las Rozas ha habilitado para los ciudadanos un Sistema Personalizado de Pagos Especial que proporciona la oportunidad de efectuar los pagos en 2, 5 o 9 cuotas, lo cual conlleva el cobro dividido de obligaciones con vencimiento periódico a través de domiciliación bancaria, y cuenta con una bonificación del 5%.
Las peticiones deberán efectuarse antes del 30 de septiembre del año anterior en el que se desea que tenga efecto.
Las fechas de vencimiento de las tres opciones ofrecidas por el SEPP también se determinan en el calendario fiscal autorizado para 2025.
De esta manera, el primer pago para quienes optaron por fraccionar en dos cuotas se cobrará el 28 de febrero, y el segundo, el 31 de octubre; para aquellos vecinos que pidieron el pago en 5 cuotas, las fechas establecidas serán el 28 de febrero, 30 de abril, 30 de junio, 1 de septiembre y 31 de octubre.
Por último, para el SEPP en su forma de pago en 9 cuotas, se han determinado las fechas de vencimiento como el 28 de febrero, 31 de marzo, 30 de abril, 2 de junio, 30 de junio, 31 de julio, 1 de septiembre, 30 de septiembre y 31 de octubre.
Los individuos que deseen pedir el fraccionamiento de sus pagos, domiciliar sus impuestos, efectuar diversas consultas o autoliquidar tasas y tributos municipales pueden hacerlo ingresando a través de su carpeta tributaria.