Convocatoria de subvención para atraer población a los pueblos de menos de 20.000 habitantes en Castilla y León

Convocatoria de subvención para atraer población a los pueblos de menos de 20.000 habitantes en Castilla y León

La prioridad absoluta de la Junta de Castilla y León es combatir la despoblación en las zonas rurales.

Por ese motivo, y con el fin de hacer frente al progresivo abandono de los pequeños municipios de la Comunidad, se han publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León las bases reguladoras de una subvención, impulsada por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, que tiene como objetivo atraer población de otras regiones de España a las localidades con menos de 20.000 habitantes.

Esta asistencia se concede de forma directa a las familias que se muevan según la orden de presentación, de conformidad con las fechas y plazos estipulados en la convocatoria.

Con un presupuesto que puede aumentarse, cifrado en 2 millones de euros, se enfoca en establecer población de manera sostenida mediante subvenciones que varían entre 1.000 y 2.000 euros, siempre y cuando los aspirantes cumplan con una serie de condiciones.

Condiciones

Una opción es cambiar de lugar de residencia habitual de la familia a un municipio rural de Castilla y León, siempre que se haya vivido en otra comunidad autónoma o en una de las dos ciudades autónomas durante al menos un año antes de la presentación de la solicitud.

Además, todos los miembros de la familia deben estar empadronados en el mismo domicilio de una localidad en Castilla y León, durante el tiempo establecido en la convocatoria. El empadronamiento debe mantenerse mínimo dos años después de recibir la subvención.

Las personas que solicitan no pueden haber obtenido provecho de las subvenciones del programa «Pasaporte de vuelta» —otorgada por la Junta a ciudadanos de Castilla y León o con vínculos en la región para facilitar su retorno— u otras subvenciones regionales con los mismos objetivos.

Un requisito adicional se encuentra vinculado al trabajo: al menos un integrante de la familia debe ejercer una labor profesional en Castilla y León, ya sea como trabajador autónomo o empleado —debe estar registrado en la Seguridad Social—, una condición que se considerará satisfecha si se realiza teletrabajo siempre y cuando el empleador lo certifique.

En caso de que haya algún miembro de la unidad familiar en edad de asistir a la escuela, es necesario que haya realizado su educación en un centro escolar de la comunidad.

Finalmente, es imprescindible que toda la familia esté registrada en el sistema de salud autonómico y, por lo tanto, cuente con la tarjeta sanitaria correspondiente.

En lo que respecta al monto de las subvenciones, se otorgará una cantidad de 1.000 euros a las familias sin descendencia y de 2.000 euros a aquellas que tengan hijos menores o bajo guarda adoptiva a su total cargo.

En el supuesto de las familias conformadas por dos o más hermanos, la ayuda ascenderá a 1.000 euros en el caso de que todos alcancen la mayoría de edad y a 2.000 euros si uno de ellos es menor.

Una vez se llame a esta ayuda económica, se podrá solicitar en un mes máximo después de haber llevado a cabo los empadronamientos y según el plazo establecido en dicha convocatoria.

En caso de que el número de concesiones alcance el límite de 2 millones de euros presupuestados, se podrá aumentar el crédito hasta que se atienda todas las solicitudes que sean aceptadas para su tramitación.

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Esta asistencia se concede de forma directa a las familias que se muevan según la orden de presentación, de conformidad con las fechas y plazos estipulados en la convocatoria.

Con un presupuesto que puede aumentarse, cifrado en 2 millones de euros, se enfoca en establecer población de manera sostenida mediante subvenciones que varían entre 1.000 y 2.000 euros, siempre y cuando los aspirantes cumplan con una serie de condiciones.

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Además, todos los miembros de la familia deben estar empadronados en el mismo domicilio de una localidad en Castilla y León, durante el tiempo establecido en la convocatoria. El empadronamiento debe mantenerse mínimo dos años después de recibir la subvención.

Las personas que solicitan no pueden haber obtenido provecho de las subvenciones del programa «Pasaporte de vuelta» —otorgada por la Junta a ciudadanos de Castilla y León o con vínculos en la región para facilitar su retorno— u otras subvenciones regionales con los mismos objetivos.

Un requisito adicional se encuentra vinculado al trabajo: al menos un integrante de la familia debe ejercer una labor profesional en Castilla y León, ya sea como trabajador autónomo o empleado —debe estar registrado en la Seguridad Social—, una condición que se considerará satisfecha si se realiza teletrabajo siempre y cuando el empleador lo certifique.

En caso de que haya algún miembro de la unidad familiar en edad de asistir a la escuela, es necesario que haya realizado su educación en un centro escolar de la comunidad.

Finalmente, es imprescindible que toda la familia esté registrada en el sistema de salud autonómico y, por lo tanto, cuente con la tarjeta sanitaria correspondiente.

En lo que respecta al monto de las subvenciones, se otorgará una cantidad de 1.000 euros a las familias sin descendencia y de 2.000 euros a aquellas que tengan hijos menores o bajo guarda adoptiva a su total cargo.

En el supuesto de las familias conformadas por dos o más hermanos, la ayuda ascenderá a 1.000 euros en el caso de que todos alcancen la mayoría de edad y a 2.000 euros si uno de ellos es menor.

Una vez se llame a esta ayuda económica, se podrá solicitar en un mes máximo después de haber llevado a cabo los empadronamientos y según el plazo establecido en dicha convocatoria.

En caso de que el número de concesiones alcance el límite de 2 millones de euros presupuestados, se podrá aumentar el crédito hasta que se atienda todas las solicitudes que sean aceptadas para su tramitación.

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