El Ayuntamiento repartirá 150.000 euros a las empresas afectadas por la DANA

El Ayuntamiento repartirá 150.000 euros a las empresas afectadas por la DANA

La Junta de Gobierno Local ha aprobado la convocatoria para la concesión de ayudas por daños producidos por la DANA en septiembre de 2023 a establecimientos mercantiles, industriales o de servicios de la ciudad de Toledo. Unas ayudas a Pymes de hasta diez trabajadores que cuenta con un importe de 150.000 euros. El importe máximo será de 1.000 euros por pyme.

Podrán adquirir la condición de beneficiarios de la presente convocatoria de ayudas, las personas físicas titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, con menos de diez empleados, que acrediten debidamente que sus locales de negocio o bienes hubieran sido dañados directamente por la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica en la ciudad de Toledo.

En cuanto a los requisitos, y según informa el Consistorio, es preciso que los demandantes tengan un local afecto a la actividad económica en la ciudad de Toledo, que haya sufrido perjuicios a consecuencia de la DANA y que acredite dichos perjuicios.

De igual modo, tendrán que estar en situación de alta en el censo de obligados tributarios dependiente de la Agencia Tributaria y así como ante la Tesorería General de la Seguridad Social o disponer de licencia, comunicación previa o declaración responsable, de conformidad con la normativa vigente.

También tendrán que estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y no tener deudas con el Ayuntamiento de Toledo. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención en caso de concesión.

El importe de la subvención a otorgar a cada beneficiario vendrá determinado por la acreditación del daño sufrido debidamente justificado mediante los documentos justificativos presentados y aprobados, con un importe máximo de 1.000 euros por pyme.

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Podrán adquirir la condición de beneficiarios de la presente convocatoria de ayudas, las personas físicas titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, con menos de diez empleados, que acrediten debidamente que sus locales de negocio o bienes hubieran sido dañados directamente por la situación de emergencia o de naturaleza catastrófica en la ciudad de Toledo.

En cuanto a los requisitos, y según informa el Consistorio, es preciso que los demandantes tengan un local afecto a la actividad económica en la ciudad de Toledo, que haya sufrido perjuicios a consecuencia de la DANA y que acredite dichos perjuicios.

De igual modo, tendrán que estar en situación de alta en el censo de obligados tributarios dependiente de la Agencia Tributaria y así como ante la Tesorería General de la Seguridad Social o disponer de licencia, comunicación previa o declaración responsable, de conformidad con la normativa vigente.

También tendrán que estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y no tener deudas con el Ayuntamiento de Toledo. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención en caso de concesión.

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