La Plataforma de Afectados por la Ocupación denuncia al Gobierno ante la Unión Europea

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En septiembre de 2021, la Plataforma de Afectados por la Ocupación, convocó su primera manifestación en las puertas del Congreso de los Diputados.

Cientos de personas reclamaban una reunión con el ejecutivo para hacerles conocedores de la situación que estaban viviendo las víctimas de la ocupación y, especialmente, de la inquiocupación. Un término que hace referencia al fenómeno de impago de las rentas de alquiler que crecía exponencialmente, bajo el amparo del Real Decreto 11/2020, de 31 de mayo, que suponía la paralización de todo tipo de desalojos y desahucios, independientemente de que fueran ocupas o inquiocupas, o familias vulnerables que habían tenido una reducción de ingresos por la pandemia.

La respuesta del Gobierno, según Ricardo Bravo, portavoz de la plataforma, fue “el silencio, tanto del ministro Ábalos como la posterior ministra, Raquel Sánchez”. La plataforma les hizo llegar un documento explicando «la situación de desamparo, la falta de equidad en la normativa e injusticia de los afectados por la ocupación e inquiocupación» y pidiendo «la subsanación de los errores en el RD 11/2020, de 31 de mayo«.

Ante este silencio, la Plataforma de Afectados, según nos cuenta, redirigió sus comunicaciones a la cartera de Justicia. «Cada mes, durante 17 meses se remitió a la ministra Pilar Llop, una solicitud por registro para comenzar el diálogo y exponer el desamparo de las víctimas ante los delitos de ocupación e inquiocupación«. Fue el pasado 16 de enero cuando la Plataforma recibió la primera contestación de Justicia, donde se indicaba lo siguiente: «… actualmente se encuentran en debate en el Congreso de los Diputados diferentes iniciativas sobre ocupación… Por respeto a la decisión de las Cortes Generales, que terminará siendo ley (Ley de vivienda) consideramos prudente esperar a la decisión que tomen las mismas (Cortes Generales) para abordar con ustedes esta problemática».

La Plataforma de Afectados por la Ocupación ha seguido manifestándose, dirigiendo cartas al Defensor del Pueblo, manteniendo reuniones con partidos políticos, enviando quejas al Consejo General del Poder Judicial. Porque las miles de familias víctimas de la ocupación e inquiocupación, seguían asumiendo «la humillación del pago de suministros a sus inquiocupas, aplazamientos de desalojos y desahucios de familias no vulnerables y largos procesos judiciales para reclamar la propiedad avalada en sus escrituras».

Mientras los juzgados se pronuncian a favor de las víctimas, los inquiocupas, según la Plataforma, recurren al RD 11/2020. «Se está concediendo la situación de vulnerabilidad a los inquiocupas. Esto se traduce en millones de euros de ayuda para falsas familias vulnerables. Una responsabilidad de las administraciones públicas que recae sobre familias de clase media baja, sin posibilidad de recurrir ante ninguna institución nacional para solicitar amparo”, explica Bravo.

La Petición

Con el fin de evitar estas y otras consecuencias, así como para prever que «los errores cometidos por el ejecutivo en materia de desalojos y desahucios en la propuesta de Ley de la Vivienda», la Plataforma de Afectados por la Ocupación ha registrado una Petición a la Unión Europea con el objetivo de «solicitar Audiencia al Comité de Peticiones del Parlamento Europeo para instar a las instituciones europeas a un análisis de la medida de suspensión de los desahucios aprobada por el Estado español y valorar si incumple o vulnera derechos fundamentales, como el de la propiedad».

La petición, realizada gracias a la colaboración de la Cambra de la Propietat Urbana de Barcelona, recoge la fundamentación formal y jurídica, así como las consecuencias de las víctimas, que se derivan de la aplicación de la legislación y se proponen acciones concretas a la Unión Europea para mejorar el mercado del alquiler en España en cuanto al impago de las contraprestaciones arrendaticias.

Las principales conclusiones de la propuesta se basan en:

a) El derecho a una vivienda digna no puede sustentarse en la lesión continuada de los derechos de los propietarios de inmuebles.

b) El Gobierno español ha incumplido el mandato constitucional pues la carencia en la inversión de vivienda pública ha constituido el denominador común de las políticas de vivienda de los distintos gobiernos.

c) El art. 47 de la CE determina que los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias para hacer efectivo el derecho a una vivienda digna. A estos efectos, las distintas administraciones han permitido que el parque de vivienda social sea el más ínfimo de Europa, trasladando la responsabilidad de tomar medidas de creación de viviendas sociales para personas en situación de vulnerabilidad, directamente a las víctimas de la inquiocupación. Los distintos gobiernos españoles han olvidado conjugar el acceso a una vivienda digna con el derecho a la propiedad privada regulada por el
artículo 17 de la CE.

d) Resulta inconstitucional el incumplimiento del mandato del art. 47 de la CE, desvirtuando el concepto de la propiedad privada por lesionar de forma constante y reiterada el derecho de los propietarios.

e) Las medidas extraordinarias aquí indicadas fueron dictadas como consecuencia de una grave situación pandémica mundial que ya no existe.

f) La consecuencia inmediata de esta situación ha sido una considerable disminución de inmuebles en el mercado privado, retirados por sus propietarios ante la dificultad de recuperar sus inmuebles, el coste económico que ello les supondría o la limitación actual en la actualización de la renta del alquiler; situación ésta que se aleja bastante del pretendido fomento del alquiler.

Con esta petición, la Plataforma de Afectados por la Ocupación solicita «el amparo de las instituciones europeas ante el silencio del ejecutivo español y el desamparo de la legislación vigente”.